Guía - Pensiones en el sector de la Construcción
Descubre todo lo que necesitas saber sobre el plan de pensiones de empleo en el Convenio Colectivo del sector de la construcción de 2023.
1. ¿Por qué nace una nueva obligación para las empresas de la construcción?
La forma más simple de entender los cambios que se avecinan para las empresas tiene un motivo: la insostenibilidad del sistema público de pensiones. Las empresas, como ya ocurre en la recaudación de impuestos, se presentan como el vehículo en el que delegar esta tarea.
El sector de la construcción tiene unas particularidades que hacen más fácil justificar que sea uno de los primeros en experimentar el cambio: la relación laboral entre empresa y trabajador se desarrolla, con frecuencia, prestando servicios por días (y no mensualmente). Además muchas veces se prestan servicios para varias empresas en un mismo mes o año. No obstante, eso también hace que sea uno de los contextos en los que estandarizar esta práctica sea más complicado. Muchas de estas compañías no cuentan con una organización interna (departamento de recursos humanos) para gestionar estos temas de tipo laboral. Solo después del sector servicios, es el 2ª sector con más número de pymes (en 2023 el 11.44% de las pymes, 335.545 empresas) siendo por tanto un área clave de la economía española.
Este es el primer sector sobre el que se ha iniciado una transición a un nuevo horizonte de pensiones en España. No deja de ser una primera aproximación al sistema de 3 pilares bien conocido en múltiples países (como por ejemplo Holanda, o Suiza, entre otros), donde coexiste un sistema estatal, un sistema profesional en el que la empresa es el responsable y un tercer eslabón particular en el que el propio ciudadano contrata un producto individual.
2. Funcionamiento y condiciones
El funcionamiento del plan de pensiones está desarrollado en la Resolución de 6 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica el VII Convenio colectivo general del sector de la construcción.
Si tu empresa está adherida al Convenio colectivo general del sector de la construcción estás obligado a cumplir con el mismo.
Es obligatorio realizar aportaciones a favor del trabajador en su plan de pensiones de forma retroactiva desde 2022. Solo hay una excepción y es que la empresa haya pagado un salario al trabajador mayor que la suma de la remuneración bruta anual establecida en las tablas del convenio colectivo provincial más las aportaciones que fija el convenio. En este caso la empresa está exenta de tener que aportar dinero.
3. ¿Cómo calculo las aportaciones?
Para saber cuánto tiene que aportar la empresa al plan de pensiones del trabajador se utiliza un porcentaje fijado en la Resolución que se aplica sobre las tablas salariales a nivel provincial. Es decir, en cada provincia se utiliza la tabla de salarios mínimos sobre los que se aplican los siguientes porcentajes:
- Aportaciones de 2022: 1% sobre el salario mínimo fijado en las tablas de 2021 del convenio colectivo de la provincia.
- Aportaciones de 2023: 1% sobre el salario mínimo fijado en las tablas de 2021 del convenio colectivo de la provincia.
- Aportaciones de 2024: 1% sobre el salario mínimo fijado en las tablas de 2021 del convenio colectivo de la provincia, más 0,25% del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo.
- Aportaciones de 2025 y siguientes años: el Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción renegociará las contribuciones al Plan de Pensiones.
Si el trabajador no ha prestado servicio durante todo el año, se calcula la parte proporcional correspondiente en función de los meses o días que haya estado ligado a la empresa. Lo mismo aplica en caso de no haber trabajado a tiempo completo que se prorratea en función de la implicación.
Para el caso concreto de los contratos de trabajo fijos-discontinuos, durante el período de inactividad, la empresa no podrá ni tendrá que afrontar la contribución por ese empleado. El empleado conserva sus derechos y el dinero sigue generando rendimiento en función de la política de inversión del plan.
4. ¿Cómo empezar tu Plan de Pensiones como empresa de la construcción?
Como se explica en la resolución en el artículo 7.3 (Libro Tercero), las empresas del sector de la Construcción pueden no adherirse al Plan sectorial en el caso de formalizar su propio Plan de Pensiones de empleo, siempre que no tenga inferiores condiciones para el trabajador que las que se establecen de mínimos en el convenio. Es decir, puedes elegir libremente cómo hacerlo y no utilizar el Plan de Pensiones de Empleo del convenio. Pero se han de garantizar los derechos del trabajador, es decir, siempre ofreciendo al menos como mínimo las contribuciones y criterios que hemos explicado previamente.
En Arca te ayudamos a adaptarte a la legislación vigente de forma simple: en un par de clicks abres tu plan de pensiones de empleo. Nosotros nos encargamos de la implementación mientras resolvemos las dudas de tus empleados a través de nuestra plataforma. Contamos con la experiencia de Caser e Indexa Capital para gestionar el ahorro de los trabajadores de la forma más eficiente: menos comisiones, más rentabilidad.
5. Fiscalidad del producto
El plan de pensiones permite al empleado deducir IRPF anualmente. Es una forma de diferir los impuestos ya que en vez de pagarlo en la renta de cada año se pagan en el momento de sacar el dinero. Es una ventaja favorable para el ahorrador si con el producto financiero se puede obtener una rentabilidad acumulada al retirarlo que compense lo que hubieras pagado todos los años de IRPF por los ingresos.
Como empresa tienes derecho a una deducción en la cuota íntegra en el Impuesto de Sociedades del 10 por ciento por contribuciones que hayas hecho.
Para calcularlo deberás distinguir entre los trabajadores que tengan una retribución inferior o superior a 27.000 € brutos. En trabajadores con remuneración inferior a 27.000 € es simple: es deducible el 10% de la aportación anual total. En trabajadores con mayor remuneración, la deducción se aplicará sobre la parte proporcional de las contribuciones empresariales que correspondan a esos primeros 27.000 € de salario.
Además, deberás presentar el modelo 345 entre el 1 y 31 de Enero del año siguiente a las aportaciones realizadas.
6. Retiro anticipado
El capital en el plan de pensiones sólo puede extraerse en caso de jubilación, paro de larga duración, fallecimiento e incapacidad permanente. Pero además, desde 2025 también podrán retirarse las aportaciones que se hayan realizado antes de los últimos 10 años. Pongamos un ejemplo, en 2035 con la regulación actual, se podrán retirar todas las aportaciones que hayas hecho antes de 2025.
Para el caso de los empleados extranjeros que prevean marcharse de España, podrán sacar el ahorro acumulado cuando hayan pasado 10 años desde la última aportación. Hasta entonces el ahorro seguirá generando rendimiento gracias a la política de inversión del plan de pensiones. Sigue siendo una opción interesante, ya que mientras trabaja en España disfruta de las deducciones fiscales y abre un enorme abanico de posibilidades para pagar menos impuestos por ese dinero cuando lo retire en su nuevo destino. En la mayoría de países, el porcentaje de impuestos que se pagan por las inversiones es menor que por las rentas del trabajo y el plan de pensiones puede no considerarse un rendimiento del trabajo en el nuevo país en el que esté tributando (si decide retirarlo en otro país).